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PASTORAL SOCIAL - CARITAS Conferencia Episcopal de Honduras 10 de diciembre, 2002.
Estimado Lic. Membreño: Reciba un saludo fraterno de la Pastoral Social - Caritas de Honduras, deseándole éxitos en sus actividades. Por este medio acusamos recibo de la invitación para la discusión del "Anteproyecto final de Ley Forestal" aprobado en su primer debate en el Congreso Nacional. Lamentamos no poder asistir a tan importante evento de discusión de la propuesta de ley forestal, ya que compromisos de trabajo nos lo impiden. Adjuntamos las conclusiones del Foro Forestal de la Sociedad Civil realizado el día 30 de octubre del presente año, que esperamos les sean de utilidad. Deseamos muchos éxitos en la discusión de tan importante propuesta de ley y agradecemos nos envíen las conclusiones de la misma. Atentamente, José Antonio Teruel |
Entrevistas-
Reacciones y Recomendación al Dictamen:
AHA Documentos
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ACUERDOS DEL FORO FORESTAL Diversas organizaciones campesinas, agroforestales, organizaciones ambientalistas, comunidades y organismos estatales vinculados a la problemática forestal y ambiental, vemos con suma preocupación, el proceso que se ha seguido para la elaboración de la Propuesta de Ley Forestal que será sometida al plano del congreso. Conocemos que a iniciativa del presidente del Congreso Nacional se formó un Grupo Colaborativo de la Sociedad Civil, a quien se encargó la misión de Consolidar y mejorar las propuestas de Ley Forestal presentadas al congreso nacional. Hemos analizado la propuesta de Ley elaborada por el Grupo Colaborativo de la Sociedad Civil y vemos que esta considera la realidad y necesidades del país, así como los intereses de todos los sectores vinculados al sector forestal. Nos preocupa que los aportes de la Sociedad Civil n vayan a ser tomados
en cuenta en la propuesta que la Comisión de Dictamen entregue
al pleno del Congreso Nacional, ya que hemos observado una tendencia a
dejar asuntos vitales para cuando se emita el reglamento, con lo cual
no estamos de acuerdo por las razones siguientes:
Entre otros consideramos de suma trascendencia para el País que los siguientes aspectos sean incluidos en el Dictamen: 1. SISTEMA SOCIAL FORESTAL Y FORETERIA COMUNITARIA En consideración a que el Título VII Sistema Social Forestal y Foresteria Comunitaria de la propuesta de la Sociedad Civil, contiene los elementos necesarios para desarrollar un modelo rural basado en el aprovechamiento racional y sostenible de los recursos naturales, proponemos que dicho título se mantenga integro en el dictamen que se presentará al pleno del Congreso Nacional. 2. AREAS PROTEGIDAS El dictamen de la Ley debe conservar íntegros los artículos 5 y 6 de la propuesta de la Sociedad Civil, referente a los terrenos considerados áreas forestales. De no ser así, se corre el peligro que terrenos forestales sean utilizados para otras actividades. 3. MANEJO Y APROVECHAMIENTO FORESTAL EN AREAS ESTATALES. La propuesta de Ley faculta el otorgamiento de Contratos de Manejo Forestal, incluyendo la explotación del recurso, hasta por un período igual a la rotación de las especies (Artículo 68), por tanto estos contratos en el caso del bosque latifoliado, podrán tener una vigencia de hasta 60 años. En consideración a la importancia que reviste el manejo adecuado del bosque y con el objeto de no dejar lagunas legales que en el futuro puedan atentar contra la sostenibilidad del principal recurso natural del país proponemos que el TITULO IV de la Sociedad Civil sea mantenido en el dictamen. Dicho título establece requisitos para ser adjudicatario de un Contrato de Manejo forestal (Artículo 70), se estipulan las condiciones mínimas que debe contener el contrato (Artículo 71), se obliga la publicación de las subastas de bosque (Artículo 73) y se fijan las garantías que deben rendir los adjudicatarios de dichos contratos (Artículos 67 y 75). 4. CONSEJO NACIONAL FORESTAL Por ser el órgano superior de la Administración Forestal
del Estado, las atribuciones del CONAFOR deben quedar definidas en el
cuerpo de la Ley tal como fueron concertadas con la sociedad civil. Dichas
atribuciones están contenidas en el artículo 18 de la propuesta
de Ley de la Sociedad Civil. 5. INFRACCIONES Y SANCIONES En vista que la legislación vigente será derogada con la nueva ley consideramos que el TITULO X de la Ley propuesta por la Sociedad Civil que contiene fuertes sanciones para las personas que atenten contra el recurso bosque, deba conservarse integro ya que los delitos y las penas forestales no están contemplados en ninguna otra ley. 6. PROTECCIÓN DE CUENCAS HIDROGRAFICAS Consideramos de vital importancia la protección de las cuencas hidrográficas por ser las abastecedoras de agua de las comunidades, por tanto consideramos mantener las regulaciones establecidas en la Ley Forestal vigente. 7. ÁREAS PROTEGIDAS Por la importancia para las comunidades y la biodiversidad en general, es necesario que la ley contemple las regulaciones que garanticen la protección de las áreas declaradas como tales y que se emita la ley de Vida Silvestre como complemento a esta iniciativa. Tegucigalpa, 30 de octubre del 2002 Consejo Coordinador de Organizaciones Campesinas de Honduras
(COCOCH)
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