POLICIA DE TRANSITO
LEY ACTUAL NO ESTA ACORDE A NUESTROS TIEMPOS

Honduras es uno de los países de Centroamérica que carece de una ley que regule el tráfico terrestre y el único documento existente es un reglamento que fue aprobado en 1955, durante la Administración del Presidente Julio Lozano Díaz.

Sin una ley previa, insólitamente, en Honduras se emitió un reglamento de Tránsito; más de 40 años han transcurrido y hasta el momento nadie le ha dado la importancia que reviste la vigencia del reglamento que las mismas autoridades tildan de estar fuera de tiempo o de contexto, prueba de ellos es que el mismo contempla dentro de su redacción, multas de hasta tres lempiras y timbres cuyo valor equivale a la misma cantidad.


René Maradiaga Panchamé

Según el Director de la Dirección Nacional de Tránsito, Sub Comisario René Maradiaga Panchamé, urge la aprobación de una Ley que regule este sector ya que ante la ausencia de una Ley de Tránsito la única opción que queda es enmarcarse en el único reglamento, que aunque obsoleto, se mantiene vigente.

De acuerdo a las estadísticas que ésta dependencia registra, la primera causa de accidente en las carreteras la ocupa la falta de atención a las señales de tránsito, en segundo lugar se sitúa el abuso o exceso de velocidad y el conducir bajo los afectos del alcohol se ubica en el tercer lugar.

La tercera, "conducir bajo los efectos del alcohol", es una causa en la cual el reglamento aprobado no tipifica como delitos las acciones de las que son responsables los conductores borrachos y debido a la carestía de muchos aspectos regulatorios de los ebrios al volante, el 21 de octubre del 2000 el Poder Legislativo se aprobó una Ley a la que se denominó "Ley de la Penalización de la Embriaguez Habitual" y la que contiene 11 artículos que contemplan las prohibiciones y sanciones a quienes conduzcan bajo esa condición.

En su artículo número 1 se autoriza a la Policía Nacional a practicar pruebas de alcoholemia destinadas a determinar la presencia de alcohol en la sangre a todas las personas que conduzcan o se presten a conducir un vehículo si el estado de embriaguez fuese manifiesto.

Sin embargo si una persona en estado de ebriedad provoca un accidente dejando personas fallecidas como saldo, la prueba de su embriaguez ante un juez será únicamente la que practique medicina forense a través de un examen de sangre, lo que en opinión de muchos dificulta todo, debido al poco personal con el que ésta dependencia cuenta.


Entrevistas

- Diputados dispuestos a controlar los conductores de la muerte

- Con la nueva ley, el estado debera equipar mas a medicina forense y a la policía de transito

- Oportuna y necesaria propuesta de la asociacion para una sociedad mas justa



Documentos

- Propuesta de ASJ

- Reglamento de tránsito

¡Puedes hacer la diferencia!

Alcoholímetro, ¿Cómo funciona?

Leyes de tránsito

Por cada hora que transcurre, la persona ebria pierde 0.15 miligramos de alcohol por litro de sangre, una persona con 0.9 gramos de alcohol puede perderlos en 5 a 6 horas y si el examen que medicina forense realiza, se practica tiempo después de ocurrido el accidente, el nivel de alcohol que ese examen arroje en su sangre no será el mismo que tenía al momento del accidente y quizás este haya descendido hasta menos que el permitido en el decreto 100-2000.

EN LA LUCHA CONTRA CONDUCTORES EBRIOS
TRANSITO CUENTA UNICAMENTE CON 15 ALCOHOLIMETROS A NIVEL NACIONAL.

Honduras es un país que con casi 7 millones de habitantes, diseminados en 18 departamentos; irrisoriamente la Dirección General de Tránsito cuenta apenas con 15 alcoholímetros e igual cantidad de velocímetros para regular a los borrachos tras el volante.

La Dirección de Tránsito registra en el país, un parte de 500 mil vehículos en circulación, y existen un total de 15 alcoholímetros destinados a esta dependencia; esto equivale a decir que sólo en Tegucigalpa y por ser una de las ciudades con mayor concentración vehicular, se cuenta con una máximo de 3 alcoholímetros.

Accidentes provocados por conductores ebrios
Años
2002
2003
Accidentes 299 512
Lesionados 246 357
Muertes 75 68

Rafael Girad

Lo ideal, asegura el Vocero de la Policía de Tránsito, Rafael Girad, "sería brindar un alcoholímetro a cada patrulla o a cada equipo que anda en las calles para realizar cotidianamente pruebas a los conductores"

Sin embargo, continúo diciendo, la carestía de este tipo de herramientas de trabajo imposibilita su labor ya que en muchos de los casos resulta difícil trasladar a los sospechosos hasta las instalaciones de Medicina Forense para que se les practique el examen científico permitido por la ley que determine el alcohol en la sangre.

Ante la poca cantidad de alcoholímetros, trasladarse de un sector a otro para realizar la prueba se ha convertido en un problema para Tránsito, ya que en muchos de los casos, cuando los policías llegan al lugar del accidente ya ha transcurrido el tiempo suficiente que permite que los niveles de alcohol en la sangre del imputado, hayan disminuido y como consecuencia la prueba arroja negativo.

EN JUICIOS CONTRA CONDUCTORES EBRIOS
NUEVA LEY DEBERIA CONTEMPLAR EL ALCOHOLIMETRO COMO PRUEBA

Haciendo una aproximación, lo que la Ley de Penalización de embriaguez Habitual permite en su escala de 0.07 miligramos de alcohol en la sangre es el equivalente a la ingesta de tres cervezas, sin embargo si un individuo ingiere una cantidad mayor a la indicada, su comportamiento cambia notablemente y este sólo se puede medir con rapidez utilizando un
Alcoholímetro, asegura Girad.

Sin embargo, continuo diciendo, para lograr un resultado que tenga la fuerza necesaria de una prueba ante un juez, es necesario un equipo de medición digital, es decir, la utilización de alcoholímetros con una mini impresora que permita la emisión inmediata en papel, de la concentración de alcohol en la sangre del sospechoso.


Alcoholímetro

Hasta este momento, los Policías de Tránsito lo que realizan en el lugar del accidente es levantar un acta dónde se describe lo ocurrido y en la mayoría de los casos, ésta es desechada como prueba en un juicio contra un conductor ebrio.
Para los miembros de la policía de tránsito la vida de las personas, sobre todo de las inocentes que mueren bajo las llantas de un vehículo conducido por una persona borracha, no tiene precio, razón por la que consideran que la nueva ley que se apruebe en el Congreso Nacional debe contemplar dentro de su redacción artículos que permitan como prueba ante un juez el uso del alcoholímetro, logrando con ello que la posibilidad de perder más vidas disminuya considerablemente.

¿QUE HACE LA POLICÍA DE TRANSITO CUANDO OCURRE UN ACCIDENTE?

El policía al igual que usted ya sea en su condición de víctima o victimario, puede llamar y reportar el accidente, marcando al asterisco 199 ó al asterisco 222 desde un teléfono celular y de un teléfono fijo al 199

Si el accidente vehicular dejó por saldo a personas muertas y heridas el policía está en la obligación de presentar ante la fiscalía al responsable del hecho en menos de 6 horas.

Para ello deberá llamar al Fiscal del Ministerio Público y al Médico Forense de Turno, al equipo de la Dirección de Investigación Criminal que se encarga también del levantamiento de cadáveres y de igual forma se llama a los miembros del departamento técnico de tránsito.

Una vez que se ha tomado nota de la situación, el Fiscal ordena que se le practique la prueba de alcohol a las partes involucradas en el accidente para verificar el estado de embriaguez alcanzado.

Si la duda persiste, el Fiscal ordena que a los implicados se les traslade al departamento Médico Forense dónde se le practicará el respectivo examen de sangre para remitirlo al juzgado correspondiente donde se le juzgará y sancionará en base a la ley.

Cuando una persona es detenida en operativos ante la sospecha de haber ingerido bebidas alcohólicas, el policía le hace la prueba de alcohol y si ésta arroja positivo, a la persona se le detiene durante 3 horas, tiempo durante el cual permanecerá bajo vigilancia policial en las oficinas policiales o en los retenes destinados para tal efecto.

Mientras eso ocurre la policía solicita la presencia de un familiar para que éste se haga cargo del vehículo, el cual será trasladado hasta la vivienda del imputado.

Si para el infractor es la primera vez, su licencia de conducir se le suspenderá durante
seis meses, más una multa que oscilará entre el equivalente a medio salario mínimo a un salario mínimo completo.

La reincidencia en este caso, dará lugar a un castigo de una multa de uno a tres salarios mínimos y dependiendo del caso, la cancelación de la licencia de conducir se hará por un año o de manera definitiva.