POLICIA DE TRANSITO
LEY ACTUAL NO ESTA ACORDE A NUESTROS TIEMPOS
Honduras es uno de los países de Centroamérica
que carece de una ley que regule el tráfico terrestre y
el único documento existente es un reglamento que fue aprobado
en 1955, durante la Administración del Presidente Julio
Lozano Díaz.
Sin una ley previa, insólitamente, en Honduras se emitió
un reglamento de Tránsito; más de 40 años
han transcurrido y hasta el momento nadie le ha dado la importancia
que reviste la vigencia del reglamento que las mismas autoridades
tildan de estar fuera de tiempo o de contexto, prueba de ellos
es que el mismo contempla dentro de su redacción, multas
de hasta tres lempiras y timbres cuyo valor equivale a la misma
cantidad.
René
Maradiaga Panchamé |
Según el Director de la Dirección
Nacional de Tránsito, Sub Comisario René Maradiaga
Panchamé, urge la aprobación de una Ley que
regule este sector ya que ante la ausencia de una Ley de
Tránsito la única opción que queda
es enmarcarse en el único reglamento, que aunque
obsoleto, se mantiene vigente.
De acuerdo a las estadísticas que ésta dependencia
registra, la primera causa de accidente en las carreteras
la ocupa la falta de atención a las señales
de tránsito, en segundo lugar se sitúa el
abuso o exceso de velocidad y el conducir bajo los afectos
del alcohol se ubica en el tercer lugar.
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La tercera, "conducir bajo los efectos del alcohol",
es una causa en la cual el reglamento aprobado no tipifica como
delitos las acciones de las que son responsables los conductores
borrachos y debido a la carestía de muchos aspectos regulatorios
de los ebrios al volante, el 21 de octubre del 2000 el Poder Legislativo
se aprobó una Ley a la que se denominó "Ley
de la Penalización de la Embriaguez Habitual" y la
que contiene 11 artículos que contemplan las prohibiciones
y sanciones a quienes conduzcan bajo esa condición.
En su artículo número 1 se autoriza a la Policía
Nacional a practicar pruebas de alcoholemia destinadas a determinar
la presencia de alcohol en la sangre a todas las personas que
conduzcan o se presten a conducir un vehículo si el estado
de embriaguez fuese manifiesto.
Sin embargo si una persona en estado de ebriedad provoca un accidente
dejando personas fallecidas como saldo, la prueba de su embriaguez
ante un juez será únicamente la que practique medicina
forense a través de un examen de sangre, lo que en opinión
de muchos dificulta todo, debido al poco personal con el que ésta
dependencia cuenta.
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Por cada
hora que transcurre, la persona ebria pierde 0.15 miligramos de
alcohol por litro de sangre, una persona con 0.9 gramos de alcohol
puede perderlos en 5 a 6 horas y si el examen que medicina forense
realiza, se practica tiempo después de ocurrido el accidente,
el nivel de alcohol que ese examen arroje en su sangre no será
el mismo que tenía al momento del accidente y quizás
este haya descendido hasta menos que el permitido en el decreto
100-2000.
EN LA LUCHA CONTRA CONDUCTORES EBRIOS
TRANSITO
CUENTA UNICAMENTE CON 15 ALCOHOLIMETROS A NIVEL NACIONAL.
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Honduras es un país que con casi 7 millones
de habitantes, diseminados en 18 departamentos; irrisoriamente
la Dirección General de Tránsito cuenta apenas
con 15 alcoholímetros e igual cantidad de velocímetros
para regular a los borrachos tras el volante.
La Dirección de Tránsito registra en el país,
un parte de 500 mil vehículos en circulación,
y existen un total de 15 alcoholímetros destinados
a esta dependencia; esto equivale a decir que sólo
en Tegucigalpa y por ser una de las ciudades con mayor concentración
vehicular, se cuenta con una máximo de 3 alcoholímetros. |
Accidentes provocados
por conductores ebrios |
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Años |
2002 |
2003 |
| Accidentes |
299 |
512 |
| Lesionados |
246 |
357 |
| Muertes |
75 |
68 |
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Rafael Girad |
Lo ideal, asegura el Vocero de la Policía
de Tránsito, Rafael Girad, "sería brindar
un alcoholímetro a cada patrulla o a cada equipo que
anda en las calles para realizar cotidianamente pruebas a
los conductores"
Sin embargo, continúo diciendo, la carestía
de este tipo de herramientas de trabajo imposibilita su labor
ya que en muchos de los casos resulta difícil trasladar
a los sospechosos hasta las instalaciones de Medicina Forense
para que se les practique el examen científico permitido
por la ley que determine el alcohol en la sangre.
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Ante la poca cantidad de alcoholímetros, trasladarse de
un sector a otro para realizar la prueba se ha convertido en un
problema para Tránsito, ya que en muchos de los casos, cuando
los policías llegan al lugar del accidente ya ha transcurrido
el tiempo suficiente que permite que los niveles de alcohol en la
sangre del imputado, hayan disminuido y como consecuencia la prueba
arroja negativo.
EN JUICIOS CONTRA CONDUCTORES EBRIOS
NUEVA
LEY DEBERIA CONTEMPLAR EL ALCOHOLIMETRO COMO PRUEBA
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Haciendo una aproximación, lo que la
Ley de Penalización de embriaguez Habitual permite
en su escala de 0.07 miligramos de alcohol en la sangre es
el equivalente a la ingesta de tres cervezas, sin embargo
si un individuo ingiere una cantidad mayor a la indicada,
su comportamiento cambia notablemente y este sólo se
puede medir con rapidez utilizando un
Alcoholímetro, asegura Girad.
Sin embargo, continuo diciendo, para lograr un resultado
que tenga la fuerza necesaria de una prueba ante un juez,
es necesario un equipo de medición digital, es decir,
la utilización de alcoholímetros con una mini
impresora que permita la emisión inmediata en papel,
de la concentración de alcohol en la sangre del sospechoso.
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Alcoholímetro
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Hasta este momento, los Policías de Tránsito lo que
realizan en el lugar del accidente es levantar un acta dónde
se describe lo ocurrido y en la mayoría de los casos, ésta
es desechada como prueba en un juicio contra un conductor ebrio.
Para los miembros de la policía de tránsito la vida
de las personas, sobre todo de las inocentes que mueren bajo las
llantas de un vehículo conducido por una persona borracha,
no tiene precio, razón por la que consideran que la nueva
ley que se apruebe en el Congreso Nacional debe contemplar dentro
de su redacción artículos que permitan como prueba
ante un juez el uso del alcoholímetro, logrando con ello
que la posibilidad de perder más vidas disminuya considerablemente.
¿QUE HACE LA POLICÍA DE TRANSITO
CUANDO OCURRE UN ACCIDENTE?
El policía al igual que usted ya sea en su condición
de víctima o victimario, puede llamar y reportar el accidente,
marcando al asterisco 199 ó al asterisco 222 desde un teléfono
celular y de un teléfono fijo al 199
Si el accidente vehicular dejó por saldo a personas muertas
y heridas el policía está en la obligación
de presentar ante la fiscalía al responsable del hecho en
menos de 6 horas.
Para ello deberá llamar al Fiscal del Ministerio Público
y al Médico Forense de Turno, al equipo de la Dirección
de Investigación Criminal que se encarga también del
levantamiento de cadáveres y de igual forma se llama a los
miembros del departamento técnico de tránsito.
Una vez que se ha tomado nota de la situación, el Fiscal
ordena que se le practique la prueba de alcohol a las partes involucradas
en el accidente para verificar el estado de embriaguez alcanzado.
Si la duda persiste, el Fiscal ordena que a los implicados se les
traslade al departamento Médico Forense dónde se le
practicará el respectivo examen de sangre para remitirlo
al juzgado correspondiente donde se le juzgará y sancionará
en base a la ley.
Cuando una persona es detenida en operativos ante la sospecha de
haber ingerido bebidas alcohólicas, el policía le
hace la prueba de alcohol y si ésta arroja positivo, a la
persona se le detiene durante 3 horas, tiempo durante el cual permanecerá
bajo vigilancia policial en las oficinas policiales o en los retenes
destinados para tal efecto.
Mientras eso ocurre la policía solicita la presencia de
un familiar para que éste se haga cargo del vehículo,
el cual será trasladado hasta la vivienda del imputado.
Si para el infractor es la primera vez, su licencia de conducir
se le suspenderá durante
seis meses, más una multa que oscilará entre el equivalente
a medio salario mínimo a un salario mínimo completo.
La reincidencia en este caso, dará lugar a un castigo de
una multa de uno a tres salarios mínimos y dependiendo del
caso, la cancelación de la licencia de conducir se hará
por un año o de manera definitiva.
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