Conductor ebrio deja sin madre a dos familias capitalinas


Casa de familia Méndez

Los familiares de las víctimas, principalmente aquellas que murieron producto de la irresponsabilidad de conductores ebrios aun cargan el dolor de haber perdido a sus parientes, y con las injusticias de un sistema jurídico y una sociedad indiferente.

Es duro ver como algunos niños que han perdido a sus progenitores- como consecuencia de conductores irresponsables- se acuestan con la esperanza de soñar con sus padres y despiertan buscándolos en el vacío del hogar, pero ellos ya no están para compartir sueños, alegrías y tristezas.

"Siempre sueño con mi mamá", asegura la pequeña Damaris Montoya quien el 14 de febrero perdió a su madre Reina Isabel Méndez, quien junto a su compañera de trabajo María Luisa López, de 43 y 42 años de edad respectivamente, perecieron tras ser arrolladas por un pesado vehículo placa AAE-1940 conducido por Franklin Rolando López, quien andaba ingerido de bebidas alcohólicas.

Esta niña, de nueve años de edad, junto con sus dos hermanas, se resisten a creer que su madre está muerta y prefiere creer que todavía anda celebrando el Día de la Amistad de donde regresaban cuando el pesado cabezal se montó sobre la mediana del bulevar Fuerzas Armadas- a la altura de la Colonia Centroamérica Oeste- y les arrebató la vida.

Eran las 7:00 de la noche del sábado 14 de febrero, Reina Isabel y María Luisa, quienes vivían en la colonia 14 de Enero, regresaban de una celebración realizada por la empresa de limpieza Codelex donde trabajaban desde hacía dos años, pero al querer cruzar el bulevar, perecieron atropelladas dejando cada una en desamparo a siete hijos.


Entrevistas

- Diputados dispuestos a controlar los conductores de la muerte

- Con la nueva ley, el estado debera equipar mas a medicina forense y a la policía de transito

- Oportuna y necesaria propuesta de la asociacion para una sociedad mas justa



Documentos

- Propuesta de ASJ

- Reglamento de tránsito

¡Puedes hacer la diferencia!

Alcoholímetro, ¿Cómo funciona?

Leyes de tránsito

Como las dos familias son de escasos recursos económicos, la muerte de estas dos mujeres ha profundizado la pobreza en sus hogares.


Niños de la familia López

Ambos casos son dramáticos. María Luisa dejó a una niña de un año y medio de edad, que aún amamantaba. La pequeña Loren Janette López, actualmente bajo el cuidado de su hermana mayor Delmis López, de quince años, hay días que sufre hambre, ante la imposibilidad para comprarle a la infante una lata de leche, su hermana le da de la de su hijo. Así pasan los días en este hogar, ahora lleno de tristeza.

En el hogar de Reina Isabel, la soledad es similar. Su esposo Santos Benito Montoya no quiere hablar con nadie. Se esconde en su trabajo, en su lúgubre dormitorio, como si tratase de ocultar una realidad o el dolor.

Actualmente los hijos menores de las dos víctimas atraviesan situaciones precarias, pues Rolando López, padre de Franklin López, responsable de las muerte, apenas contribuyó con los gastos fúnebres, luego llegó con la promesa que le daría a cada familia 50 mil lempiras.

"A nosotros nos hace falta mamá, por eso pido que a este hombre se le detenga y lo hagan pagar porque no fueron animales los que mató", sostuvo Geraldina López, la hija mayor de María Luisa.

Como mucha Indignación, ella reveló que un día Rolando López le propuso sarcásticamente que si no podían mantener a la pequeña Loren entonces que se la regalaran.

De acuerdo a José Iván Mendoza- esposo de Geraldina, el papá del hechor ahora les está ofreciendo mil lempiras mensuales, durante cinco años, a la familia de María Luisa, equivalente a 60 mil lempiras, en compensación por la muerte de su progenitora.

Los familiares de la víctima no aceptan, y por el contrario buscan apoyo legal para exigir que Rolando López le de una mensualidad a los niños de María Luisa hasta que ellos cumplan la mayoría de edad.

Pero estas dos familias no sólo son víctimas de un conductor ebrio y su familia, sino también del Ministerio Público encargado de defender sus derechos y de una policía encargada de velar por la seguridad de la población.

Desde el momento de la tragedia la fiscalía de mostró displicente en el manejo del doble homicidio, permitiendo que el responsable quedará libre en el término de 24 horas, gracias a que nunca se le practicó la prueba de alcoholemia a través de un examen de sangre, único análisis aceptado ante la corte, según la ley.

La prueba de sangre era necesaria para que la fiscalía comprobara en los tribunales de justicia que el hechor andaba en estado de ebriedad y corroborar así el examen de alcoholemia por saliva que le practicó Tránsito, el cual carece de sustento legal en los juzgados.

La incapacidad para conducir un vehículo se alcanza con diez miligramos por ciento de alcohol en la sangre. La Ley de la Penalización habitual de la Embriaguez establece que la escala prohibitiva debe ser de 0.07 miligramos de alcohol por cien mililitros de sangre.

De acuerdo a la tabla de alcoholemia de 0.5 a 0.8 miligramos de alcohol la persona adquiere una sensación de euforia y no toma conciencia de los peligros que se corren y se hacen correr a los demás, por eso algunos países del mundo prohíben la conducción de vehículos a partir de los 0.5 miligramos.

"Cuando suceden estos casos, la medición del alcohol en la sangre debe hacerse de manera inmediata porque desaparecer en el organismo de forma gradual a cada hora, por eso son urgentes las pruebas inmediatas para evitar que los conductores ebrios queden en la impunidad", sugiere Amilcar Rodas, director de Medicina Forense.

Gracias a la vigilancia de los medios de comunicación la Dirección de Fiscales ordenó retomar el caso logrando que los tribunales de justicia el 18 de febrero ordenaran la captura de Franklin López. La Dirección General de Investigación Criminal hasta la fecha no ha hecho efectiva esta orden.


Propuesta para reducir accidentes por conductores ebrios

Ante la anuencia del Congreso Nacional para aprobar la Ley de Tránsito- la cual contempla aspectos para el mejor control de los conductores ebrios- los expertos en materia penal sostienen que debe realizarse una serie de reformas a las leyes.

Entre las sugerencias está incrementar la penas cuando es un homicidio culposo agravado. Según el Código Penal este delito se castiga con una sentencia de cinco a ocho años de cárcel.

La Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ) presentará al Congreso Nacional dos propuestas, una establece la reforma al artículo 221 del Código Penal adicionando la obligatoriedad de la práctica del examen de alcohol en aliento y/o sangre y que estos tengan la misma fuerza probatoria en los tribunales de justicia.

Asimismo propone una ligera modificación al decreto 100-2000, Ley de Penalización de la Embriaguez, donde quede establecido que los agentes de Tránsito realizarán de inmediato el examen de alcohol a través del aliento y este será tomado como prueba al momento de enjuiciar a un conductor ebrio, ya que cientificamente reune todos los requisitos que permiten conocer el real grado de alcohol que un individuo puede tener en su organismo.

De igual forma contempla que parte proveniente de las multas aplicadas por los agentes de Tránsito se destinen a un fondo especial de la Tesorería General de la República para el mantenimiento y conservación de los alcoholímetros.

También recomiendan mantener en 0.07 el grado de alcohol permitido para los conductores.

Sii estas reformas se hubieran realizado hace años, muchas tragedias cometidas por motoristas ebrios no se habrían dado y tampoco hubiesen quedado impunes. Franklin López estaría preso, pues los exámenes de alcoholemia practicados por la policía hubiesen sido la prueba más contundente para encarcelarlo.


- Negligencia de fiscales permite que homicida quede libre.