Al hablar de derechos en materia laboral, es imposible dejar
de mencionar la huelga que en defensa de los mismos, organizaron
un grupo sindicalista de las compañías bananeras
del norte del país en el año 1954.
Para la clase obrera, esa fue la primera gran conquista obtenida.
Años más tarde y a raíz de esa feroz lucha,
surge lo que se conoció como el primer Código Laboral
de Honduras en 1959 y cuyo contenido fue tomado de la versión
del Código de Colombia, mismo que a su vez se copió
de la Ley Federal de México de 1931, vigente aun con una
serie de reformas.
Sin embargo y pese a que éste se considera uno de los mejores
Códigos Laborales de la región, hay quienes aseguran
que en Honduras su aplicación es el talón de Aquiles.
El Código estipula en sus artículos una serie de
obligaciones y deberes tanto para el patrono como para el trabajador,
pese a ellos en muchas ocasiones, el nivel educativo de los obreros
permite el desconocimiento de las mismas.
Carlos H. Reyes
Para el sindicalista Carlos H. Reyes, las leyes
en Honduras tiene muchos derechos para los trabajadores pero
poco mecanismos para hacerlos efectivos y hace referencia
a tres aspectos que en su opinión deben sufrir cambios
radicales.
"Desde el punto de vista de los organismos
administrativos del Estado, lo único que tenemos es
la Inspectoría del Trabajo que tiene como asignación
la vigilancia para darle cumplimiento al código y a
los contratos colectivos, pero sus resoluciones son prácticamente
desconocidas por los empresarios".
En segundo lugar hace mención al simple papel de mediador o de conciliador
que desempeñan la Dirección General del Trabajo
y la Secretaría del mismo ramo, "en muchos de los
casos lo que se termina negociando son los derechos que ya existen",
asegura Reyes.
De penoso catálogo el tercer aspecto y que en su opinión
es la corrupción administrativa y lo prolongado que se
vuelve los juicios en este país. "Esto hace que los
abogados se retiren o que los mismos trabajadores abandonen su
lucha a través de un juicio" aseveró.
Hay quienes consideran también que la política
económica que los gobiernos han impulsado con el propósito
de exportar y de recibir inversiones ha sido de perjuicio para
la masa laboral ya que en ese entorno no existen restricciones
o condiciones hacia los inversionistas, propiciando un clima en
donde lo único que interesa es el capital invertido, no
así los derechos de los trabajadores.
El poder que hay detrás de los inversionistas es otra de
las armas en contra de los trabajadores, asegura Reyes, ya que
estos sostienen nexos muy estrechos con quienes se encargan de
impartir juicio en el país.
En Honduras la contratación permanente es preeminente a
la contratación temporal, sin embargo como la ley exime
del pago de prestaciones laborales a aquellos a quienes se les
contrata temporalmente, las empresa han optado por hacerlo de
esa manera para evitar el pago de derechos laborales y la formación
de sindicatos por parte de los empleados.
Juan Barahona
Coincidiendo con los juicios anteriores, para
el presidente de la Federación Unitaria de Trabajadores
de Honduras, Juan Barahona, es urgente en Honduras realizar
una serie de reformas encaminadas a transformar el papel que
desempeña la Secretaría del Trabajo y pasar
de ser un ente mediador a uno, con poder coercitivo, que obligue
a la aplicación de la Ley en forma imparcial.
De igual forma se sugiere la depuración de las instancias
encargadas de impartir justicia para que tanto patrono como
el trabajador diriman sus diferencias en un espacio donde
reine la imparcialidad y la igualdad de condiciones.
Los treinta años de experiencia en
el campo Laboral, asegura, el profesional del Derecho, Laureano
Carbajal, le permiten aseverar que el incumplimiento de
las Leyes Laborales en Honduras "se da de parte de
muchos empresarios Nacionales y Extranjeros, ya que pretenden
ignorar las Leyes y con ello se bloquea en la práctica
el reconocimiento de los derechos laborales".
"Una muestra clara de lo establecido anteriormente
es el despido de los empleados de INTUR", asegura Carbajal,
ya que éstos se realizaron sin causa justificada,
dejando el patrono con ello, una transparente violación
a sus derechos Laborales, mismo que pueden ser exigidos
a nivel Nacional e incluso Internacional, puntualizó.