E

l Juzgado de Letras de lo Penal anunció el pasado 26 de agosto que el proceso judicial iniciado contra Roberto David Castillo Mejía, presunto autor intelectual del asesinato de la activista hondureña Berta Cáceres, finalmente pasaría a juicio oral y público. 

A pesar de la buena noticia, el proceso siguió siendo preocupante, pues la prisión preventiva de Castillo venció el 2 de septiembre de 2020 y se le permitiría ser juzgado en libertad, situación que implicaría riesgos de fuga o que actores poderosos lo mandaran a callar para siempre.

Castillo ha seguido en prisión preventiva durante dos años y medio. Según la legislación penal, estaba cerca de agotar el plazo legal en que un imputado puede ser encarcelado en Honduras antes de ser sentenciado.

La opción que le quedó al Ministerio Público era solicitar que el Tribunal de Sentencia tomara en cuenta todo el tiempo perdido debido a las apelaciones presentadas por la defensa del imputado que fueron dado sin lugar por el Tribunal de Apelaciones. La medida se aplicó para extender la prisión preventiva por 24 días después del 9 de septiembre, por lo que ahora la fecha en la cual se debe terminar la reclusión preventiva de Castillo sería el 3 de octubre. 

Si bien la extensión de la prisión preventiva significa una extensión de las posibilidades de justicia, la medida aún deja poco tiempo para que se juzgue el complicado caso y sigue vigente el riesgo que Castillo podría recuperar su libertad sin que se haya terminado el juicio. 


Fecha Apelaciones y solicitudes en el proceso judicial contra David Castillo

5 de febrero 2019 

Por petición de la defensa de Castillo, se suspende la audiencia preliminar establecida.

4 de abril 2019 

La audiencia preliminar se lleva a cabo. El juez permitió los testimonios de dos expertos presentados por la defensa, aunque la audiencia preliminar debe ser para presentar los cargos y dar chance a la defensa responder (Articulo 301 Código de Procedimiento Penal). Los expertos buscaron desacreditar pruebas del Ministerio Público.

5 de abril 2019 

La defensa presenta una queja contra dos fiscales y una analista forense de telefonía móvil del Ministerio Público por supuestamente falsificar evidencia.

8 de abril 2019 

La defensa presenta una moción formal solicitando el retiro de los dos fiscales y la analista forense del caso.

24 de abril 2019 

Audiencia suspendida por apelación del Ministerio Público sobre los testimonios permitidos por el juez el 4 de abril.

29 de agosto 2019 

El Tribunal de Apelaciones falla a favor de los fiscales sobre los testimonios de los dos expertos, declarando que dejarles dar su testimonio fue una violación de reglas básicas del procedimiento judicial.

25 de septiembre 2019 

Audiencia suspendida por solicitud de la defensa de Castillo por conflicto de programación con otra audiencia del equipo de defensa.

31 de julio 2020 

La Corte de Apelaciones declara SIN LUGAR a un recurso de la defensa contra evidencia presentada por la analista telefónica del Ministerio Público.

17 de agosto 2020 

La defensa solicita reprogramar la audiencia para el 21 de agosto.

21 de agosto de 2020 

En la audiencia preliminar, la defensa pide sobreseimiento definitivo en base a manipulación de las pruebas telefónicas. El Ministerio Público pide nulidad del dictamen de la defensa por falta de una firma de un traductor oficial y solicita elevar el caso al juicio oral y público.

26 de agosto de 2020 

El Juzgado de Letras resuelve auto de apertura al juicio oral y público.

2 de septiembre 2020 

Vencimiento previsto de la prisión preventiva.

3 de octubre 2020 

Prisión preventiva extendida hasta esta fecha.

Datos breves sobre el marco legal de la prisión preventiva 

¿Dónde se encuentra?

La prisión preventiva está prevista en el Capítulo II del Código Procesal Penal. La normativa específica que se aplica a este caso se encuentra en el Artículo 181. 

¿Qué dice la ley? 

  1. La regla general que se aplica a todos los casos es que la prisión preventiva se limita a un año para proteger los derechos de un acusado que pudiera ser inocente. 
  2. El año puede extenderse a dos años para delitos más graves, los que conllevan condenas superiores a seis años.
  3. Se pueden aplicar otros 6 meses en casos que se consideren complicados o que incluyan mucha evidencia, también cierto en el caso de Castillo. 

En el caso de Castillo, la condena por asesinato sería por lo menos 20 años, por lo que este componente definitivamente se aplicaría. Eso nos lleva a los dos años y medio que Castillo ha pasado en la prisión preventiva.

¿Qué debe hacer el tribunal de sentencia? 

El Artículo 181 del Código Procesal Penal incluye una excepción que debe ser tomada en cuenta por la justicia. La ley establece: 

Dentro de dicho plazo, no se contará el tiempo que hayan durado las demoras producidas por gestiones de la defensa, que hayan sido declaradas sin lugar.” 

Dado que las apelaciones presentadas por la defensa de Castillo habían presentado una serie de demoras, el Tribunal de Sentencia tomó en cuenta el tiempo transcurrido por las apelaciones a partir de su fecha de presentación hasta la fecha en que se emitió la respectiva resolución judicial. La sumatoria fue descontada de los dos años de prisión preventiva para realmente manejar tiempos reales. 

Cabe mencionar que esta medida se aplicó al juicio de los primeros ocho acusados del asesinato material de Berta Cáceres, siete de los cuales fueron condenados. En aquel entonces, el Tribunal de Sentencia contabilizó las demoras de las defensas, lo que permitió que los imputados permanecieran en prisión durante el juicio oral y público, y no se corriera el riesgo de fugas en un caso tan emblemático. 

El riesgo a la justicia 

El asesinato de Berta Cáceres ha creado revuelo nacional e internacional por el contexto en que se produce y la oscura trayectoria que ha tenido el Estado de Honduras en asegurar justicia para los defensores del medio ambiente. El juicio contra Castillo Mejía es una oportunidad para revertir los malos precedentes que tiene la justicia hondureña y mandar un mensaje para aquellos poderosos que pretenden apropiarse de los recursos naturales a costas de las poblaciones indígenas y locales. 

Hasta el momento, las demoras que ha habido en el caso Castillo Mejía demuestran las deficiencias del sistema judicial que a menudo conducen a la impunidad y ahora, después de dos años para llegar al juicio oral y público, las partes solo tienen un mes para llevarlo a cabo.

El abogado especialista en derechos humanos, Mario Cañas, quien ha trabajado en estrecha colaboración con la madre y los hermanos de Cáceres, dice que parte del problema es el control laxo de los tiempos. 

Es necesario que el Poder Judicial ejerza más control sobre los plazos de los juicios y sancionen a los que no cumplan,” explica Cañas. "Se necesitan controles más estrictos sobre los recursos de apelación que se presentan y sobre el tiempo para resolverlos." 

La madre de Berta Cáceres expresó su preocupación de que el imputado intente huir del país, considerando que Castillo Mejía fue detenido justamente mientras abordaba un avión con destino a Miami, confirmando la necesidad de ejecutar un juicio eficiente antes de que se acabe el tiempo para siempre. 

El reconocido abogado penalista Ramón Barrios cree que la libertad de Castillo, como persona con acceso a dinero y con influencias, podría buscar desacreditar el juicio.

El señor Castillo no es cualquier imputado,” dice Barrios. “Es alguien que sabe inteligencia militar y puede influir en los testigos que va a presentar el Ministerio Público e incidir en estos medios de prueba o en algunos otros medios de prueba que puedan presentar.” 

Justicia para Berta en todo el sentido de la palabra 

En este momento, el destino de la justicia se encuentra en manos del Tribunal de Sentencia y el Ministerio Público, que deben manejar el juicio oral y público de la manera más eficiente posible sin permitir más demoras innecesarias.

A pesar de la pandemia del COVID-19, sabemos que los ojos del mundo están muy pendientes del desenvolvimiento de este caso.